Restricciónes transporte de cargas Feriados de Navidad y Año Nuevo

Queda prohibida la circulación de vehículos de carga en todo el territorio nacional, incluidos los permisos otorgados para la Zona de Acceso Restringido (ZAR), desde el martes 23 de diciembre de 2025, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el viernes 26 de diciembre de 2025 a las 05:00 a.m. y desde el martes 30 de diciembre de 2025, a partir de las 06:00 de la mañana, hasta el viernes 02 de enero de 2026 a las 05:00 a.m.

 Permisos condicionales
Condicionalmente serán otorgados permisos a los vehículos que transporten mercancías consideradas prioritarias o perecederas, los tipos de cargas que pueden solicitar el permiso son:

  • Combustible
  • Agua envasada
  • Abastecimiento de alimentos
  • Juguetes
  • Medicamentos, equipos médicos y servicios de desechos hospitalarios
  • Cal viva para generación eléctrica
  • Envases y papeles desechables
  • Transporte de valores
  • Equipamiento para la organización de eventos.

Prohibiciones especificas
No serán otorgados permisos a cargas especiales, tales como: Camiones con doble cola o doble remolque, cargas sobredimensionadas y/o con sobrepeso.

Excepciones a la restricción
Se exceptúan de esta prohibición: las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencias y aquellos de servicio de agua en cisterna, los vehículos que debidamente identificados brinden servicio de averías y mantenimiento de: electricidad, cable, telefonía, sanitario, mantenimiento vial, asistencia vial y de higiene urbana.

Multas y Sanciones
El incumplimiento a la disposición establecida en la presente resolución será sancionado con un (1) salario mínimo del que impere en el sector público descentralizado, de conformidad con el artículo 281 de la Ley Núm. 63-17 y el artículo 69 del reglamento 258-20 sobre transporte de cargas, tanto al propietario de la unidad como al conductor.

Solicitud de Permisos
Los interesados en obtener los permisos de circulación en estas fechas deben solicitarlo desde la presente publicación a través de la página web de INTRANTwww.intrant.gob.do donde podrán efectuar el pago en línea y recibir el permiso con protección QR para su fiscalización.

Solicitar permiso aquí

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