MAP dispone presencialidad mínima en instituciones públicas por condiciones climáticas


Santo Domingo.- El Ministerio de Administración Pública (MAP) informó que, debido a las condiciones climáticas adversas que afectan el territorio nacional y atendiendo a las alertas emitidas por los organismos oficiales de protección civil, especialmente el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), se mantendrán las labores en las instituciones públicas bajo un esquema de presencialidad mínima, priorizando el teletrabajo en las funciones que así lo permitan, con el objetivo de preservar la seguridad de los servidores públicos y asegurar la continuidad de los servicios estatales.

En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley núm. 41-08 de Función Pública y su Reglamento de Aplicación, así como por la Ley núm. 247-12 Orgánica de la Administración Pública, y en atención a las condiciones climáticas adversas que inciden sobre el territorio nacional, el Ministerio de Administración Pública (MAP) dispone la adopción de medidas preventivas. Estas medidas están orientadas a proteger la seguridad de los servidores públicos y garantizar la continuidad de los servicios. 

En ese sentido, se instruye a las instituciones a priorizar el trabajo remoto, especialmente para aquellos colaboradores que residan en zonas vulnerables o propensas a inundaciones, así como para quienes deban trasladarse desde localidades fuera del Gran Santo Domingo.

Igualmente, las entidades deberán asegurarse de que las áreas de atención directa a los ciudadanos permanezcan activas, organizando el personal indispensable para garantizar la prestación continua, oportuna y eficiente de los servicios públicos.

De forma complementaria, se instruye preservar sin interrupciones la prestación de los servicios públicos esenciales, especialmente los relacionados con la salud, la seguridad ciudadana y los organismos de emergencia y socorro.

Se exhorta a las máximas autoridades a mantenerse atentas a la evolución y actualización de las condiciones climáticas, a fin de adoptar oportunamente medidas adicionales, incluyendo la eventual reducción o suspensión de la jornada laboral, si las circunstancias así lo ameritan.

Finalmente, estas disposiciones deberán ejecutarse en coordinación con los lineamientos emitidos por el Centro de Operaciones de Emergencias (COE) y demás autoridades competentes, y podrán ser ajustadas en función de la evolución de las condiciones climáticas.

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