DGCP actualiza umbrales topes para contrataciones públicas correspondientes al 2026


Santo Domingo.– La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) estableció los nuevos umbrales que deben utilizar las instituciones públicas sujetas al ámbito de aplicación de la Ley No. 47-25 a partir del 1 de abril y durante el resto del 2026, para determinar los procedimientos de selección a ser utilizados en la contratación de bienes, servicios y obras.

La disposición está contenida en la Resolución PNP 03-2026, la cual establece que las entidades deberán convocar a licitación pública la contratación de todas las obras a partir de un monto de RD 406,713,345.70 en adelante, así como aquellas consideradas “obras complejas” conforme lo dispuesto en la normativa. Para la adquisición de bienes y servicios, el monto es desde RD 6,436,757.51 en adelante.

En el caso de la licitación pública abreviada, los umbrales para bienes y servicios van de RD 6,436,757.51 en adelante, cuando los mismos sean comunes y estandarizados.

Respecto a los sorteos de obras, el órgano rector de las contrataciones públicas establece que este procedimiento comprende montos desde RD 201,083,538.48 hasta RD 406,713,345.69, el cual aplicará para las obras no complejas y reparaciones menores.

En lo referente al nuevo procedimiento de contratación simplificada (equivalente a la Comparación de Precios en el SECP) el tope para obras va desde RD 53,622,276.93 hasta RD 201,083,538.47 aplicando solo para las obras no complejas y reparaciones menores; mientras que, en el caso de los bienes y servicios, el tope va desde RD 2,010,835.38 hasta RD 6,436,757.51.

En el caso de la contratación menor de obras, el tope va desde RD 0.01 hasta RD 53,622,276.92, siempre que se trate obras de menor cuantía y reparaciones menores. En el caso de bienes y servicios, el umbral establecido por la DGCP se sitúa desde RD 268,111.38 hasta RD 2,010,835.37 para bienes y servicios comunes y estandarizados. 

Cabe destacar que la contratación menor es el procedimiento de menor cuantía para contratar reparaciones menores y obras de menor cuantía.

En tanto, la contratación directa sujeta al umbral, anteriormente conocida como “compras por debajo del umbral” en el SECP, los umbrales van desde RD 0.01 a RD 268,111.37, para la adquisición de bienes y servicios comunes estandarizados.

Este ajuste obedece a que la Ley No. 47-25 de Contrataciones Públicas, en su artículo 59 establece que la DGCP es la responsable de calcular anualmente los umbrales topes para la modalidad de selección a aplicar en un proceso de contratación pública y establece los factores a tomar en cuenta para cada procedimiento de selección, dependiendo de si su objeto es un bien, un servicio o una obra.   

Dicho artículo indica que los umbrales topes se calculan multiplicando el presupuesto de ingresos corrientes del Gobierno central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en dicho artículo, según corresponda a bienes, servicios u obras.

En tal sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley núm. 99-25 de Presupuesto General del Estado 2026, para el año 2026 fue aprobado con una estimación de ingresos corrientes del Gobierno central por un monto de RD 1,340,556,923,171 pesos.

La DGCP informó que esta resolución, de aplicación obligatoria por todas las unidades operativas de contrataciones públicas de las instituciones, estará vigente hasta la emisión de otro acto administrativo que lo sustituya.

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