Gobierno emite reglamento para servicios públicos proactivos

Santo Domingo.– El Gobierno dominicano emitió el Decreto 384-26, que establece el reglamento para poner en marcha la Estrategia Nacional de Servicios Proactivos, una iniciativa orientada a transformar progresivamente los servicios públicos hacia un modelo de gestión anticipatoria basado en eventos de vida.

El reglamento define el marco mínimo obligatorio para el diseño, implementación, operación, seguimiento y evaluación de los servicios proactivos en la Administración Pública bajo dependencia del Poder Ejecutivo.

De acuerdo con la disposición, la estrategia se articulará mediante un Portafolio Nacional por Eventos de Vida y se ejecutará con base en interoperabilidad, gobernanza de datos, trazabilidad, auditoría, atención omnicanal, mecanismos de corrección y reclamo, así como supervisión humana cuando la naturaleza del caso o el ordenamiento jurídico lo requieran.

El ministro de Administración Pública, Sigmund Freund, valoró la disposición al señalar que marca el inicio de un nuevo modelo de gestión pública para el país.

“Este es un proceso que nos permite pasar de un modelo de administración reactiva y burocrática hacia un Estado anticipatorio que se fundamente en la interoperabilidad segura y el intercambio de datos entre nuestras instituciones”, expresó Freund.

El funcionario explicó que este modelo permitirá detectar automáticamente eventos de vida, como el nacimiento, la educación, el empleo o la jubilación, para definir de manera proactiva los servicios que podrían requerirse.

El decreto establece que la finalidad del reglamento es impulsar una transición progresiva hacia una administración pública capaz de actuar de oficio ante eventos de vida o condiciones de elegibilidad legalmente verificadas.

La normativa será de aplicación obligatoria para ministerios, órganos, entes y organismos de la administración pública central y descentralizada funcionalmente, bajo dependencia o tutela del Poder Ejecutivo, cuando gestionen trámites, servicios, registros, datos o plataformas vinculadas a la prestación de servicios proactivos.

El Ministerio de Administración Pública (MAP) tendrá a su cargo la rectoría funcional, la conducción metodológica, la articulación del Portafolio Nacional por Eventos de Vida, la emisión de lineamientos, estándares e instrumentos técnicos, así como el seguimiento y evaluación de la implementación del reglamento.

La Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (OGTIC) será responsable de la implementación, integración, operación y soporte de las soluciones tecnológicas transversales requeridas para ejecutar el modelo, conforme a los lineamientos emitidos por el MAP.

Los ministerios y direcciones que adopten los servicios proactivos conservarán sus competencias sobre las reglas de elegibilidad, la operación sectorial, los actos administrativos, la atención de casos y la calidad de los datos bajo su responsabilidad.

Quedan excluidos del ámbito obligatorio de aplicación los órganos constitucionalmente autónomos, los ayuntamientos y las juntas de distritos municipales. En esos casos, la adopción de los principios, estándares y mecanismos previstos en el reglamento tendrá carácter exhortativo.

También quedan fuera los servicios, trámites, registros, datos, plataformas y actuaciones administrativas que no estén bajo dependencia o tutela del Poder Ejecutivo, o que no estén vinculados a la prestación de servicios proactivos según lo establecido en la normativa.

Como parte de los primeros pasos de la Estrategia Nacional de Servicios Proactivos 2026-2028, el MAP inició a finales de abril una serie de talleres junto al Gabinete de Políticas Sociales, el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Salud (SNS), el programa Supérate, el Sistema Único de Beneficiarios (Siuben) y los hospitales Hugo Mendoza y Reynaldo Almánzar.

Estos talleres buscan avanzar en el diseño, desarrollo e implementación de servicios proactivos, como parte del proceso de transformación del modelo de gestión de los servicios públicos.

El decreto define el servicio proactivo como una prestación en la que el Estado Anticipatorio detecta eventos relevantes en la vida de las personas y activa servicios sin solicitud previa, conservando trazabilidad, control y capacidad de reclamo.

Asimismo, define el Estado Anticipatorio como un modelo de gestión pública orientado a identificar y atender oportunamente necesidades previsibles de las personas mediante actuación coordinada, interoperabilidad y uso legítimo de datos.

Fuente: Ministerio de Administración Pública.

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